¿Puedo grabar personas en la calle con mi celular? Eso es lo que dice la ley

es legal grabar en la calle

Con la reciente llegada de la Ley Europea de Protección de Datos en España y el resto de la Unión Europea, son muchos los que prefieren mantenerse al margen a la hora de utilizar datos privados. Nuestra imagen son datos privados y como información personal, es decir, la ley aplicable. examina una serie de consideraciones que tienen que ver con la toma de fotografías e imágenes en lugares públicos (carretera, parque, terraza bar …) con teléfono móvil o equipo de grabación.

Se siembra la duda sobre esta última práctica. ¿Es legal tomar fotos y videos en la vía pública? ¿Es necesario ocultar el rostro a todas las personas que no han firmado el consentimiento explícito?

Registrarse o tomar fotografías en la vía pública es legal dependiendo de su propósito

La legalidad de tomar fotografías de personas en lugares públicos depende completamente del propósito para el cual se recolectará el material. Para probar un botón.

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Imagina que Juan, periodista independiente dedicada a recopilar noticias para luego venderlas a agencias de noticias, recoge una serie de planos de la Plaza Mayor de Madrid para acompañar noticias de interés general y que Posteriormente se transmitirá en varios programas informativos nacionales.En la imagen se ve a decenas de personas caminando por la calle con el rostro descubierto. ¿Es legal o obligatorio el consentimiento de las personas en las imágenes?

Esto es lo que dice la ley:

«No será necesario el consentimiento cuando se recaben datos personales para el ejercicio de las funciones de las Administraciones Públicas. cuando se refieran a las partes de un contrato de una relación comercial, laboral o administrativa y sean necesarias para su mantenimiento o ejecución; cuando el propósito del procesamiento de datos sea proteger el interés vital de la parte interesada … «

Artículo 6.2 de la Ley de Protección de Datos (LOPD 15/99).

Entonces podemos confirmar que Las imágenes son perfectamente legales siempre y cuando estén destinadas a informar y pertenecer a un evento notable. e interés informativo. Sin embargo, existen varias excepciones que limitan este derecho. Tres, para ser exactos.

  • Si la imagen se toma con fines comerciales o publicitarios.
  • Si el rodaje se realiza con el fin de reproducir la vida íntima de una persona.
  • Si la grabación busca revelar información personal.

Pasemos al segundo caso. Imagina que Pepe, conocido youtuber En la profesión, con más de 5 millones de suscriptores en YouTube, graba una serie de imágenes en la Gran Vía de Madrid para enmarcar su último vídeo, que se utilizará para un propósito específicoLos peatones aparecen en los diseños que circulan por las aceras. ¿Es legal o se requiere un consentimiento firmado?

En este caso Pepe necesita el consentimiento explícito de todos los involucrados en el video directa o indirectamente. Incluso si el propósito de la grabación no es explotar la grabación con fines económicos, sino que se limita a ser expuesto a las redes sociales o almacenado en la memoria de la grabadora.

Presta atención al registro de menores

Si hablamos de menores, la ley prevé un conjunto excepciones que protegen su integridad e imagen al tomar fotografías dentro de la vía pública.

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Cualquiera que sea el propósito de la grabación, la ley dicta:

“Los datos de las personas mayores de catorce años podrán ser tratados con su consentimiento, salvo en los casos en que la ley exija la asistencia de los titulares de la patria potestad o tutela para su prestación. En el caso de menores de catorce años se requiere el consentimiento de los padres o tutores «.

Artículo 13.1 de la ley de protección de datos.

La conclusión, entonces, es que Se debe solicitar el consentimiento explícito de los padres del menor si son menores de 14 años.Si el menor tiene entre 14 y 18 años, el consentimiento vendrá del propio menor. La alternativa a la que podemos recurrir, en cualquier caso, es ocultar el rostro de los menores mediante un cartel que impida su identificación.

Soy testigo de un delito, ¿puedo registrar a la persona sin su consentimiento?

Un tema controvertido, aunque complejo, tiene que ver precisamente con eso tomadas en imágenes de delitos presenciados por terceroslos

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La última jurisprudencia (Sentencia del Tribunal Supremo 3585/2016) indica que la contribución a una grabación de prueba de escenas de una determinada naturaleza fue realizada por uno de los participantes no viola el derecho conocido como confidencialidad de la comunicaciónEn ningún caso se aceptará como prueba la grabación de una actividad o situación ajena en la que no intervenga sin autorización judicial.

Imagínese a María filmando a su jefe por presunto acoso sexual en el trabajo. Ambos participan en la conversación y las imágenes muestran la clara culminación de un crimen por parte de su jefe. En este caso tomar una foto es perfectamente legal y legítimo, incluso sin previo aviso del responsable.

Otra situación que está lejos de María. Imagínese a Antonio caminando por la calle y presenciando una pelea de pareja heterosexual. Antonio intenta mediar, pero el chico ataca a su novia y a Antonio. ¿Es válida la prueba? AfirmativoLa duda que nos deja la última sentencia del Tribunal Supremo radica precisamente en la legitimidad de las imágenes cuando el responsable no interviene activamente en ellas.

¿Antonio puede grabar la escena si no interviene en la polémica? Los expertos lo tienen claro: lo mejor que podemos hacer en estas situaciones es avisar a la Policía o Guardia Civil, ya que las imágenes no serán aceptadas como prueba y lo más probable es que cometamos un delito contra la actual Ley de Protección de Datos.




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